Guía · Aduanas e IVA
Comprar en España con destino a Italia: el IVA de la adquisición intracomunitaria y la inversión del sujeto pasivo, paso a paso
Si eres una empresa italiana que compra mercancía a un proveedor español y esta se mueve por carretera de España a Italia, esto no es una importación en el sentido aduanero: ambos países están en la UE, así que no hay declaración aduanera, ni tránsito T1, ni IVA a la importación en frontera, ni EORI que tramitar. Lo que sí hay es una adquisición intracomunitaria que tú mismo autoliquidas en tu propia declaración de IVA italiana mediante la inversión del sujeto pasivo. Esta guía recorre el mecanismo de principio a fin, tanto en el lado español como en el italiano, con un ejemplo resuelto de 20.000 € cuyo efecto neto es cero. Es información de carácter general, no asesoramiento fiscal — confirma los detalles con tu commercialista.
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Por qué esto no es una ‘importación’ en el sentido aduanero
Cuando la mercancía viaja de España a Italia por carretera, resulta tentador llamarlo importación y esperar aduana, aranceles e IVA a la importación en una frontera. Nada de eso aplica. España e Italia son ambos Estados miembros de la UE, de modo que la mercancía ya está en libre circulación y lo sigue estando durante todo el trayecto — incluido el paso en tránsito por Francia. No hay declaración de exportación en España, ni declaración de importación en Italia, ni movimiento de tránsito T1 o NCTS, ni arancel ni IVA a la importación recaudado en ninguna frontera. Tampoco se exige EORI para el propio transporte, porque el EORI es un identificador aduanero para el comercio con países fuera de la UE.
Lo que sustituye a la maquinaria aduanera es un par de obligaciones de IVA que los dos operadores gestionan en sus propias declaraciones. En el lado español, el proveedor realiza una entrega intracomunitaria y la deja exenta (tipo 0%). En el lado italiano, el comprador realiza una adquisición intracomunitaria y autoliquida el IVA mediante la inversión del sujeto pasivo. No cambia de manos ningún importe de IVA en la frontera; el impuesto se declara, no se paga en una barrera.
La consecuencia práctica para un comprador italiano es que la documentación que de verdad viaja con el camión es escueta — una factura comercial, la carta de porte CMR y un packing list — y el trabajo de IVA ocurre después, en tu sistema contable y en tus declaraciones periódicas. El corredor en sí lo tratamos en nuestra guía del corredor España → Italia; esta guía trata únicamente del mecanismo del IVA.
Antes de comprar: la partita IVA debe estar dada de alta en el VIES
La única condición previa que hace funcionar todo el mecanismo de exención es tu número de IVA. Como comprador italiano debes disponer de una partita IVA habilitada para operaciones intracomunitarias y, por tanto, figurar como válida en el VIES — el Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA de la UE, la base de datos pública que los proveedores consultan para verificar el número de IVA de la contraparte antes de aplicar la exención a una entrega transfronteriza.
Una partita IVA italiana no está activa de forma automática para operaciones intracomunitarias. La empresa tiene que estar incluida en el registro VIES (la inclusión se solicita a través de la Agenzia delle Entrate), y hasta que esa inclusión esté en vigor tu número aparecerá como no válido a efectos intracomunitarios cuando el proveedor español lo compruebe. Si eso ocurre, el proveedor hace bien en negarse a aplicar la exención y, en su lugar, repercutirá IVA español — que es la causa más habitual, y más evitable, de un coste fiscal inesperado en esta ruta.
Así que el primer paso, mucho antes de que se expida la mercancía, es confirmar que tu partita IVA está dada de alta en el VIES y facilitar al proveedor el número completo en el formato IT correcto. Igualmente, comprueba que el NIF-IVA español del proveedor sea a su vez válido en el VIES, ya que ambos números deben figurar en la factura. Verificar un número en el VIES no cuesta nada y elimina la sorpresa más cara de toda la operación.
El lado español: la entrega intracomunitaria exenta
Desde el punto de vista del proveedor, una entrega intracomunitaria a una empresa con número de IVA en otro Estado miembro es exenta con derecho a deducción — tipo 0% — siempre que se cumplan dos condiciones. Primera: el cliente debe tener un número de IVA válido en otro Estado miembro, verificado en el VIES; esa es tu partita IVA dada de alta en el VIES. Segunda: el proveedor debe disponer de la prueba de que la mercancía salió físicamente de España y llegó a otro Estado miembro — la prueba de transporte. La carta de porte CMR, firmada en la entrega, es la pieza estándar de esa prueba.
Cuando se cumplen ambas condiciones, el proveedor emite la factura al 0% de IVA español, la identifica como entrega intracomunitaria y declara la operación en el estado recapitulativo, el modelo 349 español (la relación periódica de entregas y adquisiciones intracomunitarias). El modelo 349 es una obligación de presentación propia del operador español; no es algo que presente o toque un transportista.
Si falla cualquiera de las dos condiciones — tu número de IVA no es válido en el VIES, o el proveedor no puede acreditar la expedición — el proveedor no puede aplicar la exención con seguridad y repercutirá IVA español para protegerse ante una futura inspección. Ese IVA español resulta luego difícil y lento de recuperar para un comprador italiano. Acertar de entrada con la situación en el VIES y con la prueba de transporte es lo que mantiene la entrega correctamente exenta.
El lado italiano: la inversión del sujeto pasivo, paso a paso
Integrar la factura del proveedor
Recibes una factura de España sin IVA. Bajo la inversión del sujeto pasivo — en italiano, la inversione contabile — no te limitas a archivar esa factura; la integras. Integrar significa tomar el importe neto del proveedor, aplicar el tipo de IVA italiano que la mercancía soportaría en el mercado interno (el tipo general es del 22%, con tipos reducidos para categorías concretas) y anotar esa cifra de IVA autorrepercutido contra la factura. Pasas a ser el responsable de liquidar el impuesto que el proveedor no repercutió.
La esencia de la inversión del sujeto pasivo es que la obligación de liquidar el IVA se traslada del vendedor al comprador. España entrega la operación al otro lado de la frontera sin IVA; Italia lo recauda de ti, conceptualmente, haciendo que te lo repercutas a ti mismo.
Registrarla en ambos libros de IVA
La factura integrada se anota entonces a la vez en dos de tus registros de IVA: el libro de ventas (registro delle vendite) y el libro de compras (registro degli acquisti). Anotar el IVA autorrepercutido en el libro de ventas genera el IVA repercutido — el impuesto que adeudas como si te hubieras hecho la venta a ti mismo. Anotar la misma cifra en el libro de compras genera el IVA soportado — el impuesto que tienes derecho a deducir como gasto de la actividad.
Para una empresa plenamente sujeta — una que solo realiza ventas con derecho a IVA y, por tanto, puede deducir su IVA soportado en su totalidad — el IVA repercutido y el IVA soportado son idénticos y se anulan entre sí. La adquisición es neutra en caja: no se paga nada en realidad a Hacienda por esta compra, porque el impuesto que te repercutes equivale al impuesto que recuperas. El mecanismo existe para registrar la operación y ponerla en pie de igualdad con una compra interna, no para extraer caja de un comprador plenamente sujeto.
Enviar la integración electrónica (TD18) y presentar el INTRASTAT
Italia exige que la integración de las facturas transfronterizas se transmita electrónicamente a través del Sistema di Interscambio (SdI) — el mismo sistema que gestiona la facturación electrónica italiana, que ha absorbido la antigua declaración esterometro de operaciones con el exterior. Para una adquisición intracomunitaria de bienes, el documento de integración se envía con el código de tipo de documento TD18. Tu software contable o tu commercialista lo genera y lo transmite; forma parte del cumplimiento rutinario de la facturación electrónica italiana.
Por separado, los movimientos intracomunitarios de mercancías se declaran con fines estadísticos a través del INTRASTAT. Como comprador italiano puede que tengas que presentar una declaración INTRASTAT de introducciones (acquisti) una vez que tus compras intracomunitarias superen los umbrales de declaración; por debajo del umbral puede no surgir la obligación, y las reglas y los umbrales cambian periódicamente. El INTRASTAT es una presentación del operador, hecha por ti o por tu asesor — al igual que el modelo 349 español, no es función del transportista. SAVA no presenta el INTRASTAT, ni la integración del SdI, ni ninguna declaración de IVA en tu nombre.
Un ejemplo resuelto: una factura de 20.000 € cuyo efecto neto es cero
Tomemos un caso concreto. Tu proveedor español te vende mercancía por 20.000 € y, como has facilitado una partita IVA válida y dada de alta en el VIES y la mercancía se expide a Italia con prueba CMR, la factura al 0% de IVA español. El total de la factura que pagas al proveedor es de 20.000 € — sin línea de IVA.
En el lado italiano integras esa factura. Aplicando el tipo general del 22%, te autorrepercutes 4.400 € de IVA italiano (el 22% de 20.000 €). Anotas 4.400 € como IVA repercutido en el libro de ventas y los mismos 4.400 € como IVA soportado en el libro de compras. Suponiendo que estás plenamente sujeto y puedes deducir el IVA soportado en su totalidad, los 4.400 € que adeudas y los 4.400 € que recuperas se compensan exactamente: el efecto neto de IVA de la compra es cero y no sale caja de IVA de tu empresa por esta operación.
La cifra solo cambia si tu derecho a deducir está limitado. Una empresa que no pueda recuperar el IVA soportado en su totalidad — por ejemplo, una con actividades parcialmente exentas sujetas a prorrata, o una compra de una categoría con límite de deducción — deducirá menos de los 4.400 € que se autorrepercute, y la diferencia se convierte en un coste real. El 22% utilizado aquí es el tipo general italiano a título ilustrativo; el tipo que de verdad aplica depende de qué sea la mercancía, y la deducibilidad depende de tu situación de IVA. Es un ejemplo indicativo, no una resolución para tu caso concreto — confirma el tipo y tu situación de recuperación con tu asesor.
Documentos que viajan con el camión
Como en un movimiento intracomunitario no hay expediente aduanero, los documentos que el conductor lleva consigo son pocos — pero tienen que estar bien, porque son aquello en lo que el proveedor se apoya para aplicar la exención y aquello con lo que el equipo de recepción italiano coteja la carga física. Tres documentos hacen el trabajo.
La factura comercial es el centro del conjunto. Para una entrega intracomunitaria debe mostrar ambos números de IVA — el NIF-IVA del proveedor español y tu partita IVA italiana — y llevar una mención que identifique la operación como entrega intracomunitaria exenta sujeta a inversión del sujeto pasivo en el país de destino. Esa referencia a la inversión del sujeto pasivo es lo que indica a todos los de la cadena, incluido tu propio contable, que el IVA debe autoliquidarse en Italia en lugar de repercutirse en España.
La carta de porte CMR (la lettera di vettura CMR) es el documento de transporte internacional por carretera, firmado por el destinatario en la entrega. Más allá de ser el contrato de transporte, es la prueba principal del proveedor de que la mercancía salió de España y llegó a Italia — la prueba de transporte de la que depende la exención. El packing list, una línea por palé o caja con pesos neto y bruto, permite al equipo de recepción italiano dar de alta la carga y debe coincidir con la factura y la CMR en número de palés, peso y valor. Cuadra los tres antes de que el camión salga de España; las discrepancias provocan retenciones en recepción aunque no haya aduana de por medio.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
Partita IVA no dada de alta en el VIES
Este es el caro. Si tu número de IVA no está activo en el VIES cuando el proveedor lo comprueba, no puede aplicar la exención y repercutirá IVA español en la factura. Recuperar el IVA español como empresa extranjera es lento y administrativamente pesado, y mientras tanto has pagado un impuesto que nunca deberían haberte repercutido. La solución es puramente preventiva: confirma que tu partita IVA está incluida en el VIES antes de cursar el pedido y facilita al proveedor el número en el formato correcto.
Falta de prueba de transporte
El derecho del proveedor a aplicar la exención depende de poder probar que la mercancía salió físicamente de España hacia Italia. Si la CMR no se devuelve firmada, o la prueba de transporte es endeble, el proveedor queda expuesto ante una inspección española y puede o bien negarse a aplicar la exención o bien ver impugnada la exención a posteriori. Asegúrate de que la CMR firmada vuelva al expediente del proveedor — es la pieza de prueba de expedición más importante, y se genera de forma natural en un transporte bien gestionado.
Olvidar el INTRASTAT
Como el INTRASTAT es estadístico y no mueve dinero, es fácil pasarlo por alto — hasta que se superan los umbrales y vence una declaración. Una empresa que viene haciendo compras intracomunitarias periódicas puede descubrir que tiene una obligación INTRASTAT de introducciones que no ha venido cumpliendo. Lleva el control de tu volumen de compras intracomunitarias frente a los umbrales vigentes y haz que tu commercialista confirme si procede una declaración de introducciones y cuándo, junto con la integración TD18 que aplica a cada adquisición.
Qué hace y qué no hace SAVA aquí
El papel de SAVA en esta operación es el movimiento físico. Somos el transportista en la ruta España → Italia, con un servicio de grupaje programado con salidas los lunes, miércoles y viernes desde nuestro hub de Castellar del Vallès, cerca de Barcelona, en carga completa y grupaje LTL a través de transportistas colaboradores. Emitimos la carta de porte CMR — que sirve a la vez como prueba de transporte del proveedor para la exención — y entregamos contra ella, con la firma del destinatario cerrando el círculo.
Lo que no hacemos es la parte fiscal. No gestionamos el IVA italiano, no preparamos ni transmitimos la integración del SdI (TD18), no presentamos el INTRASTAT y no presentamos el modelo 349 español. La contabilidad de la inversión del sujeto pasivo, los apuntes en los libros de IVA, el alta en el VIES y las declaraciones estadísticas son responsabilidades propias de los operadores, gestionadas con tu contable o commercialista. Como transportista CMR asumimos la responsabilidad legal CMR — 8,33 SDR por kilogramo de peso bruto afectado, unos 10–11 € por kg indicativos a los tipos actuales del SDR — que queda por debajo del valor de reposición de la carga de alto valor; si tu mercancía vale más, pídenos que organicemos una cobertura de mercancías a todo riesgo adicional o contrata la tuya. No aseguramos la carga por encima del límite CMR por defecto.
Nada de lo anterior es asesoramiento fiscal ni legal. Es información de carácter general sobre cómo funciona el mecanismo de la adquisición intracomunitaria en la ruta España → Italia, y los tipos, umbrales y procedimientos cambian. Confirma tu situación concreta con un asesor fiscal italiano cualificado antes de basarte en ello.
Consulta rápida: antes de reservar
Partita IVA confirmada y dada de alta en el VIES — tu número de IVA italiano está activo para operaciones intracomunitarias y verificado en el VIES, y el NIF-IVA español del proveedor también es válido en el VIES. Es la condición previa para la entrega exenta; sin ella, el proveedor repercute IVA español.
La factura lleva ambos números de IVA y la mención de inversión del sujeto pasivo — el NIF-IVA español, tu partita IVA italiana, el 0% de IVA español y una nota que identifica la entrega como intracomunitaria y sujeta a inversión del sujeto pasivo en Italia.
El proceso de inversión del sujeto pasivo preparado con tu contable — integra la factura con el IVA italiano, regístrala en los libros de ventas (vendite) y de compras (acquisti) para que el IVA repercutido y el soportado se compensen a cero en una empresa plenamente sujeta, y transmite la integración del SdI como tipo de documento TD18.
INTRASTAT comprobado — confirma si tus compras intracomunitarias han superado el umbral de declaración de introducciones y, en tal caso, que la declaración se está presentando.
Documentos cuadrados — factura comercial, CMR y packing list coinciden en número de palés, peso y valor antes de que el camión salga de España, y la CMR firmada vuelve al proveedor como prueba de transporte.
Cobertura para carga de alto valor confirmada — si la mercancía vale más de lo que cubre el límite CMR, organiza una cobertura de mercancías a todo riesgo adicional en lugar de confiar en la responsabilidad legal CMR.
Presupuesto en mano — para el transporte en sí, los metros lineales, la tarifa y un presupuesto por escrito en la ruta España → Italia están disponibles en unos 15–20 minutos y se mantienen 24 horas. El IVA, como queda dicho, recae en ti y en tu asesor, no en el transportista.
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